28 de mayo de 2026 • 11:06 a. m. Civil
Litisconsorcio facultativo, necesario y cuasinecesario: diferencias clave
En el derecho procesal, la conformación de la litis contempla tradicionalmente dos extremos: el demandante y el demandado. No obstante, la legislación colombiana permite que en dichas posiciones converja una pluralidad de sujetos. Esta institución jurídica se denomina litisconsorcio y ocurre cuando dos o más personas actúan de manera conjunta en un mismo proceso, compartiendo...
Danna Piñeros Montenegro Abogada Líder Coordinadora