La Resolución 3461 de 2025 estableció que el Comité es una instancia preventiva, cuyo rol es preventivo, orientador, conciliador y mediador, e indica expresamente que el Comité no determina si hay acoso laboral.

En ese orden de ideas, el Comité de Convivencia Laboral puede analizar los hechos, escuchar a las partes, identificar situaciones que afectan la convivencia, promover medidas preventivas y formular recomendaciones, pero no puede determinar si la conducta es o no constitutiva de acoso laboral.

A su vez, el artículo 6 de la Resolución 3461 de 2025 indica de manera taxativa que el Comité de Convivencia Laboral no es el ente competente para dirimir una queja de acoso sexual, debido a que dichas conductas no tienen la característica de ser conciliables. Es por esta razón que el Comité de Convivencia Laboral no puede conocer de las quejas con connotación sexual, pues ello iría en contravía de la esencia y naturaleza del Comité de Convivencia Laboral.

En consecuencia, debe activarse la ruta específica de prevención, atención y protección prevista para el acoso sexual, conforme a la Ley 2365 de 2024 y al Decreto 1040 de 2026, los cuales establecen que los empleadores tienen la obligación de implementar y socializar una política y un protocolo para la prevención del acoso y la violencia, la violencia basada en género y la discriminación. Por ende, se debe designar un responsable o responsables, ya sean comités, áreas de talento humano, oficinas de control interno o comités de género, entre otros, con el fin de dar trámite a las quejas y crear rutas de atención integral, con fases de orientación, recepción, investigación, protección y cierre de las mismas.

En síntesis, se recomienda que las empresas designen un comité orientador diferente de quienes conforman el Comité de Convivencia Laboral, con el fin de que se creen y tramiten las rutas de atención de las denuncias por acoso sexual, sumado al hecho de que esto tiene que ir integrado a una política que debe ser ampliamente divulgada, debido a que el Ministerio de Trabajo podría imponer sanciones a quienes no acaten tal directriz.