
El Consejo de Estado declaró la nulidad de varias disposiciones del Decreto 2669 de 2012, mediante el cual el Gobierno Nacional pretendía regular de manera integral la actividad de factoring para las sociedades comerciales, concretamente, en desarrollo de la disposición contenida en el artículo 8 de la Ley 1231 de 2008. Así pues, tras analizar el medio de control presentado a través de la nulidad simple, el Alto Tribunal concluyó que el Poder Ejecutivo excedió su facultad reglamentaria al establecer requisitos y limitaciones que no estaban contemplados en las leyes vigentes.
Según el fallo de la Sala, el decreto demandado excedió los límites legales al definir elementos esenciales de la actividad, determinar modalidades operativas, fijar cláusulas contractuales obligatorias, establecer prohibiciones estrictas para las empresas del sector y definir las actividades, operaciones y procesos conexos de manera taxativa.
El órgano de cierre reiteró que la potestad reglamentaria del Ejecutivo debe limitarse a facilitar la ejecución de la ley, sin adicionar, modificar o restringir el alcance de las normas dictadas por el Congreso de la República. En este caso, consideró que, al crear un marco restrictivo para las sociedades comerciales, no existía un fundamento legal previo.
En ese orden de ideas, las empresas dedicadas a la compra de cartera y al descuento de facturas deberán reestructurar sus modelos operativos de forma urgente. Desde el punto de vista del gobierno corporativo, la sentencia obliga a las sociedades comerciales a modificar todos los protocolos internos que se fundamentaban en los artículos anulados.
Específicamente, las organizaciones tendrán que actualizar las definiciones institucionales de la actividad, los contratos de factoring y las operaciones conexas. Asimismo, el sector empresarial deberá revisar rigurosamente los procesos de identificación de fuentes de recursos que financian sus operaciones de compra de cartera.
Finalmente, la anulación del Decreto 2669 de 2012 implica que las sociedades que operan con factoring deberán realizar una auditoría interna inmediata para ajustar sus contratos y manuales a la nueva realidad normativa. El enfoque debe centrarse en mitigar los riesgos de fraude mediante la verificación rigurosa de la procedencia del título, con el objetivo de evitar eventuales reclamaciones relativas al lavado de activos o la financiación del terrorismo.
